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La ley que facilita el "divorcio" en municipalidades y notarías generó polémica. Muchos políticos la consideran necesaria para aliviar la carga del Poder Judicial, mientras la Iglesia Católica pegó el grito en el cielo y sostiene que la norma impulsa la separación de las familias.

La norma, que el próximo martes será sometida a una segunda votación para ser aprobada, recibió el jueves el apoyo de 61 legisladores, así como 8 votos en contra y 12 abstenciones.

El presidente de la Comisión de Justicia del Legislativo, Raúl Castro, comentó que el objetivo de la ley es reducir los costos que implican las separaciones, ya que los divorcios de mutuo acuerdo podrán ser resueltos por los municipios y las notarías. "El fin de la ley es el acceso de los más pobres a la justicia y la reducción de los costos", dijo.

El congresista nacionalista Isaac Mekler manifestó, por su parte, su rechazo al proyecto de ley ya que, según dijo, "incentiva el divorcio".

La esposa del jefe del Estado, Pilar Nores, comentó a RPP que la norma ofrece una solución "válida" en los casos en que la pareja esté de acuerdo en el divorcio y contribuirá a evitar procesos largos en el Poder Judicial.

Los alcaldes de Miraflores, Manuel Masías; y de San Isidro, Antonio Meier, también expresaron opiniones discrepantes sobre la propuesta que plantea tramitar divorcios de mutuo acuerdo en municipios y notarías.

Masías saludó la aprobación en el Congreso de dicha iniciativa y sostuvo que se reducirá la carga procesal del Poder Judicial, y estos procesos se tramitaran más rápido. Por su parte, Meier se mostró en contra de la iniciativa legislativa. Afirmó que esta posibilidad alentaría los divorcios, sobre todo en el caso de las parejas más jóvenes.

La ministra de la Mujer, Susana Pinilla, se mostró a favor del trámite de divorcio por mutuo acuerdo en notarias y municipalidades, al señalar que ello evitara que los menores sean testigos en casos de maltrato entre sus padres.

El rechazo de la Iglesia

El obispo emérito de Chimbote, Monseñor Luis Bambarén, manifestó su rechazo a la ley que, en su opinión, puede generar "divorcios al paso".

"Este tipo de medidas lo único que hacen es favorecer la separación, pero no fortalece para nada a la familia, al contrario, la debilita. Expreso mi preocupación porque lo que necesitamos en el Perú es fortalecer a la familia", señaló Bambarén.

El proyecto

Según el proyecto, los cónyuges con un mínimo de dos años de casados que decidan separarse podrán acudir ante los alcaldes de los distritos y provincias, así como a los notarios de la jurisdicción del domicilio conyugal o de la localidad donde se celebró el matrimonio.

En caso de que tengan hijos deberán mostrar una sentencia judicial o acta de conciliación sobre los regímenes de la patria potestad, alimentos, tenencia y visita de los menores de edad.

Fuente: RPP.

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Respuestas a esta discusión

me parece muy buena idea..pues y asi terminar con unas leyes incaicas anticuadas.tengo mas de 20 años separada..quiero resolver esto y ojala terminen con tanta burocracia.

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Los peruanos residentes en el exterior que deseen poner fin a un matrimonio con una persona que viva en nuestro país, podrán acogerse también al divorcio rápido con sólo acercarse al consulado peruano del país donde residen, sostuvo una de las autoras de la norma, Rosario Sasieta Morales.

"Pueden separarse e iniciar este procedimiento notarialmente o en la municipalidad. Para ello deben acercarse al consulado peruano del país en el que residen. Esto es incluso para los que se encuentran de ilegales. Pueden ir a su consulado para la revalidación de su pasaporte, DNI, pueden hacer todo, así como dar poderes", dijo.

La congresista sostuvo que si bien la ley estipula que el trámite debe hacerse de manera personal, todo lo demás puede hacerse por representación, con lo cual se puede incluir el poder consular o notarial, cuyos modelos dijo se podrán bajar desde la otra semana desde su página web.

"Los interesados podrán elaborar su solicitud, firmarla y poner su huella digital, para luego enviarla por correo y con un apoderado para que lo represente con poder respectivo", indicó.

Comentó que son muchas las mujeres "que están encadenadas aquí, mientras su esposos está en Japón o Estados Unidos con su nueva pareja. Ellas no pueden pedir un préstamo, tener una tarjeta de crédito, realizar una serie de trámites".

La abogada también sostuvo que los interesados en divorciarse deben hacerlo en la notaría del distrito del último domicilio conyugal o donde se celebró el matrimonio.

Sobre los costos del nuevo procedimiento, exhortó a las notarías a replantearlos debido a que los consideró muy altos todavía - estimados en más de mil soles-, debido a que los pobres deben tener también posibilidad de acceder a los beneficios de la nueva ley.

"Siendo los municipios los representantes de los vecinos, es necesario que establezcan costos de ser posible los más austeros. Existe consenso al menos en Lima y Callao, para que la tarifa no supere la de un matrimonio administrativo normal, que no pasa de 250 a 300 soles", dijo.

Sasieta Morales pidió además a los notarios no apresurarse en la implementación de la nueva norma, sin contar con la previa acreditación del Consejo del Notariado, en especial en lo que respecta a la certificación del área en el que se atenderá a la pareja solicitante, a fin de que cumpla con los requisitos necesarios para dicho procedimiento.
Fuente: peru.com

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Breve comentario a la ley ya la Ley No. 29227 (Ley del Divorcio rápido), la misma que ha fijado ciertos parámetros referente a los requisitos y el trámite propiamente dicho; Para aquellos que se encuentran en el Perú, será aparentemente simple ya que la pareja que quiere divorciarse, sólo deberá acercarse a una Notaría, Municipalidad Distrital o Provincial, donde se celebró el matrimonio; o la jurisdicción donde se encuentre su último domicilio conyugal. Ahí presentarán una solicitud de Separación Convencional y Divorcio Ulterior, indicando con claridad todos sus datos personales. Asimismo, deberán adjuntar:

1) Copia simple de los documentos de identidad,
2) Copia certificada de la Partida de Matrimonio y
3) Dos (02) Declaraciones Juradas, con firma y huella digital;
La primera, declarando no tener hijos menores de edad o mayores con incapacidad y
la segunda, exponiendo que carecen de bienes sujetos al régimen de Sociedad de Gananciales.

Cabe precisar, que en el caso de tener hijos menores de edad o mayores incapaces, para iniciar el trámite, se deberá contar con una Sentencia Judicial firme o Acta de Conciliación, donde se hayan determinado aspectos relacionados sobre la Patria Potestad, Alimentos, Tenencia y Régimen de Visitas de los hijos menores o incapaces.
En lo concerniente a la Sociedad de Gananciales, se debe tener Escritura Pública inscrita en Registros Públicos, de Sustitución o Liquidación del régimen Patrimonial.

El Notario o Alcalde, una vez que haya verificado el cumplimiento de los requisitos antes señalados, en un plazo de 15 días, convocará a Audiencia única en donde los cónyuges expresarán si se ratifican en su voluntad de divorciarse; si es así, se declarará la Separación convencional. Luego de dos meses de emitido el documento, cualquiera de los cónyuges podrá solicitar la disolución del vínculo matrimonial.

En caso de inasistencia de uno o ambos cónyuges por causas debidamente justificadas, el Alcalde o Notario, convocará a una nueva Audiencia en un plazo no mayor de 15 días. De haber nueva inasistencia, de uno o ambos cónyuges, se declarará concluido el procedimiento.

Consideramos que esta ley, a simple vista, parecería que de alguna manera va a ayudar a que se descongestione la carga procesal del Poder Judicial; sin embargo, guardamos ciertas dudas de que, en efecto, se logre dicho cometido, puesto que de acuerdo a los requisitos antes señalados, muchas veces se tendrá que acudir previamente al Poder Judicial en caso de divergencia entre los cónyuges, para regular previamente ciertas situaciones referentes por ejemplo a los Alimentos, tenencia, Patria Potestad, etc.

En todo caso, es una alternativa más que tienen las parejas que decidan poner fin a su vínculo matrimonial.

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Una estadística a considerar es que en EEUU, donde este tipo de procedimientos rápidos existe desde hace mucho, el índice de divorcios es del 40 al 50%. Entonces, ¿es posible que al estar consciente de que el matrimonio se puede disolver legalmente con facilidad, las parejas tomen la decisión de casarse más a la ligera?

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Puede ser, pero hay que tomar en cuenta que: “Cuando no funciona un matrimonio y la relación llega a ser nociva para la pareja, la familia sufre. Es increíble la cantidad de casos de violencia porque las parejas se enfrentan y se destruye la unidad familiar. Cuando esto ocurre es preferible la separación” por lo que el divorcio rápido es un mecanismo adecuado cuando se rompe el vínculo afectivo y hay violencia familiar, actualmente las parejas se juntan demasiado jóvenes y se han casado muchas veces sin haber estado seguros de que se entienden y que hay una buena relación de pareja. También se casan porque la mujer salió embarazada y en el corto plazo la relación no funciona. Y en el Perú se tiene que en los Centros de Emergencia Mujer que los casos de violencia familiar se dan principalmente entre las parejas más jóvenes y allí es donde mayor violencia se sufre”.

También es cierto que en ciertos casos la pareja se siente unida sólo por un vínculo legal, dado que dejó de ser emocional y espiritual y se mantiene, simplemente, por la firma de un documento que acredita su unión civil. es allí donde la relación se complica.

Sin embargo, se debe precisar que el divorcio rápido constituye una solución excepcional y para ello se han establecido requisitos que consideran cómo procede este mecanismo.

Para acceder a un divorcio rápido, los cónyuges que deseen separarse no deben tener hijos menores de edad o, de tenerlos, contar con sentencia judicial firme o acta de conciliación respecto a los regimenes de patria potestad, alimentos, visitas, entre otros.

“En las familias donde hay hijos el matrimonio tiene que ser una institución que debe ser mucho más resguardada”.

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Para mi ha sido lo mejor que ha podido pasar. Yo estoy de acuerdo con Pedro: cuando una relacion no funciona es mejor separarse. Es muy duro ver a los hijos sufriendo y querer imponer una relacion solo por que la sociedad lo exige. Ya es hora de aceptar y entender de que no todos los que se casan los van hacer hasta que la muerte los separe. Por supuesto hay muchos casos en que las relaciones funcionan a las mil maravillas. Pero tambien hay casos en que las parejas no se entienden o se dan cuenta que cometieron un error. Para estos casos es mejor divorciarse a vivir una vida infeliz.

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